Colombia
Dividir el total recibido en segmentos para necesidades, deseos y ahorro es la clave para fortalecer la salud financiera de los trabajadores colombianos.
Publicado:
Por: Juan Manuel Arias Montenegro
Creativo Digital
Diciembre plantea un reto y una oportunidad financiera para millones de colombianos que reciben la prima de servicios o la prima de Navidad.
Esta bonificación adicional puede aliviar obligaciones económicas, permitir gastos especiales y fortalecer los ahorros, siempre que exista una estrategia clara.
El método 50-30-20 ofrece una alternativa concreta y adaptable para distribuir estos recursos y evitar el descontrol en las compras de fin de año.
Entre las múltiples estrategias sugeridas por expertos, el método 50-30-20 cobra relevancia por su sencillez y efectividad, pues este esquema propone dividir cualquier ingreso, como la prima, en tres segmentos:
Es menester acotar que este planteamiento supera modelos rígidos y permite distribuir la prima sin caer en excesos.
La prima de diciembre arriba justo en un periodo de alta presión de consumo, con promociones, publicidad intensiva y eventos sociales, por lo que muchos asalariados caen en la trampa de realizar desembolsos impulsivos.
Regalos, fiestas, electrodomésticos y vacaciones suelen absorber el total de la bonificación en tiempo récord, pero el error más frecuente implica usar la totalidad del dinero recibido para adquirir bienes innecesarios o para resolver gastos inmediatos, sin destinar una fracción al ahorro.
Lo anterior genera alivio momentáneo, pero sostiene el ciclo de estrés financiero, que retoma fuerza tan pronto inicia enero.
La recomendación de los especialistas es dividir el monto total inmediatamente y antes de cualquier desembolso.
El proceso recomendado consta de tres pasos esenciales:
Diversas entidades financieras colombianas ofrecen opciones sencillas para separar estos montos y canalizarlos, ya sea en productos de ahorro programado o inversiones de bajo monto.
Para comprender el alcance de este ingreso extraordinario, según las normativas laborales, la prima de servicios corresponde a una suma reconocida al empleado público tras cumplir un año de servicio en una entidad estatal.
Según el Decreto Ley 1042 de 1978 y disposiciones posteriores, tienen derecho al pago los empleos del orden nacional y territorial, con reconocimiento proporcional en casos de antigüedad inferior a seis meses, conforme al Decreto 1011 de 2019.
El pago equivale a quince días de salario, considerando factores como el sueldo básico, incrementos por antigüedad, gastos de representación, y auxilios de alimentación y transporte, por lo que la fecha establecida para el pago es la primera quincena de julio.
La prima de navidad, por su parte, constituye una prestación social equivalente a un mes de salario y se paga en los primeros quince días de diciembre.
El trabajador público debe haber laborado durante el año calendario para recibirla en su totalidad, aunque existe derecho a reconocimiento proporcional cuando el vínculo no cubre el año completo.
Los componentes salariales que integran ambas primas incluyen no solo la asignación básica mensual, también bonificaciones y auxilios percibidos durante la relación laboral, explicó Infobae tras consultar el Decreto 1045 de 1978.