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Aproveche el 10 % de descuento en el impuesto vehicular en Bogotá: pague antes del 16 de mayo y evite sanciones.
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Por: Equipo de Redacción
Redacción Digital
Si usted es propietario de un vehículo matriculado en Bogotá, preste atención: aún tiene la oportunidad de ahorrarse un buen dinero si cumple con el pago del impuesto vehicular antes del viernes 16 de mayo de 2025. Esta fecha marca el límite para acceder al descuento del 10 % que otorga la Secretaría Distrital de Hacienda a quienes se anticipen con esta obligación tributaria.
El impuesto vehicular es un tributo directo que deben pagar cada año los dueños o poseedores de vehículos registrados en la capital. Como incentivo a la puntualidad, Bogotá ofrece este alivio económico, que puede representar una reducción considerable del valor total. Por ejemplo, si debe pagar $2.000.000, con el descuento solo abonará $1.800.000.
El plazo sin sanciones se extiende hasta el viernes 25 de julio, pero si deja pasar esa fecha, el bolsillo lo sentirá: las sanciones por mora pueden alcanzar hasta los 8 salarios mínimos diarios legales vigentes, lo que equivale aproximadamente a $380.000. Además, la falta de pago puede desencadenar procesos legales, incluidos posibles embargos.
El valor del impuesto depende del precio del vehículo, según lo establece el Decreto 1493 de 2024: • De $0 a $55.679.000: se paga el 1.7 % del valor comercial. • De $55.679.001 a $125.274.000: se paga el 2.7 %. • Más de $125.274.000: se paga el 3.7 %. • Vehículos eléctricos: 1.2 %. • Vehículos de servicio público: 0.7 %.
Los ciudadanos pueden descargar el recibo de pago directamente desde el sitio web de la Secretaría Distrital de Hacienda. Allí deben diligenciar los datos del vehículo para generar el documento oficial. El pago puede realizarse en más de una veintena de entidades bancarias, entre ellas:
• Bancolombia • Davivienda • BBVA • Banco de Bogotá • Banco de Occidente • AV Villas • Banco Agrario • Banco Caja Social • Scotiabank Colpatria, entre otros.
Algunos vehículos no están obligados a pagar este impuesto. Entre ellos figuran:
• Bicicletas y motocicletas con motor de hasta 125 c.c. • Maquinaria agrícola como tractores o trilladoras. • Maquinaria pesada usada en construcción de vías. • Vehículos industriales que no circulan por vías públicas. • Vehículos de la Empresa Distrital de Transporte Urbano, bajo ciertas condiciones.
Una recomendación importante: no hay opción de pagos a plazos ni acuerdos. La declaración solo será válida si se paga en su totalidad. Por eso, si planea beneficiarse del descuento, es momento de organizar sus finanzas y hacer el trámite antes del 16 de mayo.