¿Se puede bajar un vehículo de la grúa en Colombia? Conoce tus derechos según el Código de Tránsito
Si nota que su vehículo está siendo subido a una grúa, acérquese al lugar inmediatamente.
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Por: Equipo de redacción

Cuando un vehículo es subido a una grúa por estar mal estacionado, surge una pregunta común: ¿Es posible bajarlo antes de que sea trasladado a los patios? La respuesta está en el Artículo 127 del Código Nacional de Tránsito de Colombia, el cual establece normas claras sobre este procedimiento.
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El Artículo 127 del Código Nacional de Tránsito
El Código Nacional de Tránsito regula el retiro de vehículos mal estacionados para garantizar el orden en las vías. Este artículo permite a las autoridades de tránsito bloquear o retirar con grúa aquellos vehículos que:
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Estén estacionados en zonas prohibidas.
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Bloqueen vías públicas.
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Sean abandonados en áreas destinadas al espacio público.
Sin embargo, también incluye una excepción importante cuando el propietario o conductor del vehículo se presenta en el lugar de la infracción.
¿Qué dice el parágrafo 1 del Artículo 127?
Este parágrafo establece que, si el propietario o conductor llega al sitio de la infracción antes de que el vehículo sea trasladado a los patios, la autoridad de tránsito deberá imponer el comparendo correspondiente, pero no procederá al traslado del vehículo. Esto significa que, incluso si el vehículo ya está subido a la grúa, el conductor tiene derecho a que sea bajado, siempre y cuando se haga presente antes de que la grúa emprenda el traslado.
Derechos del conductor en caso de negativa
Si la autoridad de tránsito o el funcionario encargado se niega a bajar el vehículo de la grúa, el conductor tiene la posibilidad de presentar una denuncia. Este derecho es aplicable en todas las ciudades del país y está respaldado por la legislación vigente.
Consejos para los conductores
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Actuar con rapidez: Si nota que su vehículo está siendo subido a una grúa, acérquese al lugar inmediatamente y explique su situación a la autoridad.
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Conocer sus derechos: Citar el Artículo 127 puede ser clave para evitar el traslado del vehículo a los patios.
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Denunciar irregularidades: Si el funcionario se niega a cumplir con lo establecido por la ley, asegúrese de documentar la situación y presente una denuncia formal.
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Según el Código Nacional de Tránsito, los conductores tienen derecho a evitar el traslado de su vehículo a los patios si se presentan en el lugar de la infracción antes de que la grúa inicie el desplazamiento. Este conocimiento no solo puede ahorrar tiempo y dinero, sino también ayudar a hacer valer los derechos frente a las autoridades.


