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¿Su predio en Bogotá está al día con los impuestos?, así puede averiguarlo fácil y rápido

Gracias a la centralización de la información, el proceso de verificar el estado de un predio, que antes tomaba más de un mes, ahora se completa en solo un par de horas en cualquier notaría.

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Por: Equipo de Redacción

Redacción Digital

Bogotá, impuesto predial
Antes de cualquier transacción inmobiliaria en Colombia, es crucial verificar que el predio esté al día con todos sus impuestos, servicios públicos y cargas legales

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Para cualquier transacción inmobiliaria en Colombia, ya sea comprar, vender, arrendar o hipotecar, es crucial verificar que el predio esté al día con sus obligaciones.

Esto no solo se refiere a los impuestos, también a los servicios públicos y otras cargas legales, garantizando seguridad jurídica para todas las partes involucradas. Afortunadamente, Bogotá ha simplificado este proceso considerablemente.

Un solo punto de consulta: adiós a los trámites engorrosos

Gracias a un convenio entre la Secretaría Distrital de Hacienda (SDH), la Superintendencia de Notariado y Registro y otras entidades, los ciudadanos ya no necesitan desplazarse a múltiples lugares para saber si su predio está al día.

Las notarías ahora pueden consultar en línea:

  • El estado de cuenta del impuesto predial.
  • El certificado de libertad.
  • El boletín catastral.
  • El paz y salvo de valorización.

Este avance se traduce en un significativo ahorro de tiempo y dinero.
Anteriormente, quienes deseaban transferir un bien debían recopilar certificaciones de varias entidades como:

  • La SDH.
  • El Instituto de Desarrollo Urbano (IDU).
  • Catastro Distrital.
  • Las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos.

Un proceso que podía tardar hasta 36 días, hoy se reduce a un máximo de dos horas.

Consulta en segundos el estado del inmueble

Ahora, solo necesita presentar su cédula y la promesa de compraventa en cualquier notaría; allí verificarán toda la información del predio en cuestión de segundos, un requisito indispensable para la firma de la escritura.

Además, para una verificación rápida y personal, puede utilizar la Nueva Oficina Virtual de la SDH ingresando al enlace, en el que puede verificar el estado del inmueble y determinar si tiene pagos atrasados del impuesto predial.

Impuesto predial Bogotá

La Nueva Oficina Virtual de la Secretaría Distrital de Hacienda es una herramienta clave para verificar pagos atrasados y descargar el certificado de paz y salvo del impuesto predial – crédito Getty Images

En la mayoría de los casos, el sistema permite descargar el certificado de paz y salvo del impuesto predial, un documento oficial que valida la ausencia de deudas. Si se requiere mayor respaldo, este certificado también puede solicitarse de manera presencial en los puntos de atención de la administración tributaria municipal.

Verificaciones adicionales para una transacción segura

Más allá del impuesto predial, es crucial verificar el estado de los servicios públicos domiciliarios como:

  • Agua.
  • Energía.
  • Gas.
  • Alcantarillado.

Las empresas prestadoras de servicios ofrecen canales en línea y atención telefónica donde, con el número de contrato o referencia del servicio, se puede conocer si existen facturas vencidas o acuerdos de pago.
Siempre es recomendable solicitar los últimos recibos cancelados o certificados de paz y salvo expedidos por las empresas prestadoras.

Adicionalmente, se aconseja revisar:

  • La certificación catastral.
  • El certificado de tradición y libertad expedido por la Superintendencia de Notariado y Registro.

Este último documento no solo confirma la titularidad del predio, sino que también revela la existencia de embargos, hipotecas o cualquier otra limitación al dominio que pueda afectar la libre disposición del bien.

Impuesto Predial Unificado: ¿Quiénes pagan y quiénes no?

El Impuesto Predial Unificado es un tributo que deben pagar todos los propietarios, poseedores o usufructuarios de bienes inmuebles en el Distrito Capital.

Formas de pago:

  • Oficina Virtual de la SDH.
  • Presencial en entidades bancarias autorizadas.
  • Medios electrónicos: portales bancarios, cajeros, billeteras digitales y corresponsales financieros.

Obligados al pago:

  • Propietario (documentación legal).
  • Poseedor (control físico y uso del predio).
  • Usufructuario (uso y disfrute con autorización).
  • Fideicomitentes y beneficiarios (patrimonio autónomo).
  • Tenedores (permiso para usar inmuebles públicos).
  • Entidad financiera (leasing).

El certificado de tradición y libertad de la Superintendencia de Notariado y Registro es vital para confirmar la titularidad del predio y detectar posibles embargos o hipotecas – crédito Getty Images

Diferencia entre predios excluidos y exentos:

  • Excluidos: no declaran ni pagan el impuesto.

    • Salones comunales.
    • Casas residenciales de estratos 1 y 2 con avalúo inferior a 16 salarios mínimos.
    • Tumbas y bóvedas funerarias no comerciales.
    • Inmuebles religiosos.
    • Bienes de uso público.
    • Propiedades de la Defensa Civil e instalaciones militares.
  • Exentos: deben declarar, pero están parcial o totalmente exonerados del pago.

    • Inmuebles afectados por actos terroristas o desastres naturales.
    • Propiedades de víctimas de secuestro o desaparición forzada.
    • Edificios declarados monumentos nacionales o de interés cultural.
    • Predios con espectáculos públicos de artes escénicas bajo ciertas condiciones.
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