Colombia
Personas naturales y jurídicas tienen la facultad de cambiar de operador manteniendo el número en modalidades prepago, pospago o corporativo.
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Por: Juan Manuel Arias Montenegro
Creativo Digital
Con la entrada en vigencia de la Resolución CRC 7151 de 2023, creada por la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), se logró una simplificación sustancial del proceso para cambiar de operador móvil guardando el número telefónico original.
Aunque la normativa benefició ampliamente a los usuarios, muchos desconocen el trámite para ejercer su derecho a la portabilidad, las condiciones y los principales cuidados a tener en cuenta.
Por tal motivo, Olímpica Stereo comparte detalles que resultan clave para evitar contratiempos en el procedimiento para cambiar de operador sin tener ningún problema.
La portabilidad numérica representa un derecho fundamental para los usuarios de servicios móviles, pues permite cambiar de operador sin perder la identidad asociada al número telefónico.
Según la CRC, la herramienta fue diseñada para promover la libre elección, la competencia entre proveedores y la continuidad de las comunicaciones.
Ante este panorama, el proceso puede solicitarse tanto para líneas personales como empresariales, en las modalidades prepago, pospago o corporativo.
La comisión reguladora estableció que la facultad de solicitar la portabilidad corresponde exclusivamente al titular registrado de la línea, ya sea una persona física o jurídica, y que no impacta la propiedad de la línea, sino únicamente el cambio de proveedor.
Debe tener en cuenta que quienes accedan a la portabilidad pueden hacerlo sin importar la causa de la migración, siempre que cumplan los requisitos vigentes.
Antes de solicitar la portabilidad, la línea debe encontrarse en servicio activo y libre de restricciones técnicas, comerciales o legales.
El usuario necesita acreditar identidad mediante documento nacional válido ya sea la cédula de ciudadanía, extranjería o NIT si se trata de líneas corporativas y, en caso de empresas, acompañar la documentación con la firma del autorizado.
Es menester acotar que no podrán tramitar portabilidad aquellas líneas bajo intervención judicial, en procesos jurídicos ni con restricciones impuestas por entidades competentes.
Incluso, la CRC recomienda revisar condiciones contractuales específicas de promociones o paquetes que puedan contemplar cláusulas de permanencia o penalidades por baja anticipada.
Una de las claves, según el organismo, es que “el trámite debe avanzar bajo el marco del derecho del usuario y con total transparencia por parte de los operadores”.
El primer paso consiste en obtener el código de portabilidad numérica a través del operador actual, de modo presencial, en línea o por teléfono, por lo que se requiere presentar datos personales, número de línea y, eventualmente, el código de abonado.
Este código debe ser entregado de inmediato por el operador original, usualmente vía mensaje de texto o correo electrónico, y tiene una vigencia limitada; si expira, hay que reiniciar el trámite.
En posesión del código válido, el usuario presenta oficialmente la solicitud ante el nuevo operador elegido y la gestión puede completarse en sucursales, plataformas digitales o telefónicamente.
El nuevo operador pide el código de portabilidad, documentos del titular y, si corresponden, comprobantes de servicio o facturas previas. Esta información verifica la legalidad del traspaso y queda asentada en el sistema de portabilidad.
Tras aceptar la solicitud, el operador receptor notifica al usuario sobre el avance y el plazo estimado para el cambio, que usualmente se cumple en uno a tres días hábiles.
Durante ese tiempo, el usuario debe estar atento a comunicaciones enviadas por SMS o mail, ya que contienen información relevante y oficial sobre el proceso.
Cuando el nuevo operador concreta la migración, entrega una nueva tarjeta SIM al titular, que puede obtenerse en sucursales, puntos autorizados o a domicilio.
Para activar el servicio en la red del nuevo proveedor, basta con insertar la SIM en el teléfono y seguir las instrucciones recibidas.
Durante el traspaso, pueden presentarse breves lapsos sin servicio, que no deberían superar algunas horas, por lo que es recomendable que el usuario verifique la operatividad y, si detecta fallas, lo reporte de inmediato.
Ciertos servicios asociados como aplicaciones vinculadas, banca móvil o correos electrónicos, podrían requerir una actualización manual para operar de manera óptima.
El trámite de portabilidad no tiene costo para el titular, aunque algunos operadores pueden cobrar por la reposición de la SIM o la gestión administrativa.
El migrar implica la finalización automática del vínculo contractual con el operador anterior; cualquier saldo, abono, beneficio promocional o crédito pendiente queda sujeto a reglamentación propia de cada empresa telefónica.
Si el proceso resulta rechazado, suele deberse a documentos incompletos, datos erróneos o deudas pendientes.
El usuario recibirá una notificación en la que se expone el motivo y los pasos para subsanar la situación y si siente que sus derechos fueron vulnerados durante el trámite, puede presentar un reclamo ante la CRC o las entidades de defensa al consumidor, con respaldo de la documentación emitida en cada instancia del proceso.