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¿Papá o mamá?: esto es lo que debe saber sobre quién decide con quién vive un niño en Colombia

El derecho a ser escuchado no tiene una edad mínima; desde los 7 años, la opinión del niño se convierte en una prueba clave para el juez de familia.

Publicado:

Juan Manuel Arias Montenegro

Por: Juan Manuel Arias Montenegro

Creativo Digital

Familia
El mito de que "la mamá siempre gana la custodia" queda atrás; hoy los padres tienen derechos igualitarios para demostrar que son el entorno más estable - crédito Getty Images

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En el torbellino emocional que sigue a una separación o divorcio, una de las preguntas que más quita el sueño a los padres en Colombia es: ¿A qué edad puede mi hijo elegir con quién vivir?

Existe la creencia popular de que, al llegar a cierta edad, el menor simplemente señala a uno de sus progenitores y el caso se cierra; sin embargo, la realidad jurídica es mucho más matizada, justa y, sobre todo, centrada en el bienestar del niño.

El derecho a ser escuchado

Contario a lo que muchos piensan, la legislación colombiana, bajo la Ley 1098 de 2006, conocida como el Código de la Infancia y la Adolescencia, no establece una edad exacta, como los 12 o 14 años, para que un niño tome esta decisión de forma autónoma, aunque lo que sí garantiza el Artículo 26 es el derecho fundamental de todo menor a ser escuchado y a que su opinión sea tenida en cuenta en cualquier proceso que lo afecte.

Esto significa que el deseo del niño no es un "dictamen", sino una prueba más dentro del proceso, razón por la que el juez tiene la obligación legal de escuchar al menor, pero debe evaluar si ese deseo es libre y espontáneo. Se busca detectar si existe una influencia indebida, comúnmente llamada alineación parental, por parte de uno de los padres para "ganarse" el favor del hijo.

Desmitificando la custodia

El abogado Jimmy Jiménez, especialista en derecho de familia, fue enfático en derribar mitos que han hecho daño a muchos hogares. Uno de los más comunes es que "si el niño tiene 8 años, el juez siempre se lo entrega a la mamá".

"Falso, falso, falso", aseguró Jiménez, que agregó: "Hoy en Colombia, papá tiene derechos igualitarios, entre más grande es el niño, especialmente después de los 7 u 8 años, tiene una mayor capacidad para opinar respecto de dónde quiere vivir".

En la actualidad, la justicia colombiana ha evolucionado hacia la no discriminación de género. Los jueces no asumen que la madre es mejor cuidadora por naturaleza; en su lugar, analizan quién ofrece el entorno más estable y seguro para el desarrollo del menor.

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¿Qué criterios utiliza un juez para decidir?

Cuando no hay acuerdo mutuo y la decisión recae en los tribunales, el juez de familia se convierte en un observador detallista, por lo que no solo escucha el "quiero vivir con mi papá", sino que analiza:

  • Madurez psicológica: ¿tiene el niño la madurez para entender las implicaciones de su elección?
  • Capacidad de cuidado: disponibilidad de tiempo y estabilidad emocional de cada progenitor.
  • Entorno habitacional: seguridad y cercanía con su red de apoyo (colegio, amigos, familia extendida).
  • Situación socioeconómica: capacidad para garantizar alimentación, salud y recreación, aunque esto no es determinante si se puede suplir con cuota alimentaria.

La pérdida de la custodia: Casos extremos

La custodia no es un trofeo permanente; es un derecho sujeto a condiciones de protección. Un padre o madre puede perderla si incurre en:

  1. Maltrato físico o psicológico.
  2. Abandono o ausencia prolongada injustificada.
  3. Incumplimiento grave de las obligaciones parentales.
  4. Condena penal superior a un año de prisión.

El desafío de la doble nacionalidad

En un mundo globalizado, los casos de niños con doble nacionalidad son frecuentes. La ley colombiana prioriza que el menor se mantenga en su entorno geográfico y cultural habitual. La custodia no otorga el derecho de llevarse al niño a vivir a otro país sin el consentimiento expreso del otro progenitor o una autorización judicial debida.

En conclusión, aunque la voz del niño tiene un peso que crece con su madurez, siendo los 7 años un punto de inflexión importante para la valoración judicial, la decisión final siempre buscará el Interés Superior del Menor, pues no se trata de quién quiere el niño, sino de quién le garantiza una vida más plena y segura.

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