Colombia
¿Sabes cuánto debe recibir de prima en junio tu empleada doméstica? La Ley 1788 de 2016 garantiza este pago semestral. Te explicamos cómo calcularlo y qué pasa si no lo cumples.
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Por: Erika Mesa Díaz
Creativa Digital
La prima de servicios es un derecho laboral garantizado por la Ley 1788 de 2016 para las empleadas domésticas en Colombia. Este beneficio corresponde a 30 días de salario por año, dividido en dos pagos semestrales: uno antes del 30 de junio y otro antes del 20 de diciembre. Su cálculo depende del tiempo trabajado y el salario devengado.
En 2025, el valor de la prima se basa en el salario mínimo vigente, incluyendo auxilio de transporte para quienes no residen en el lugar de trabajo. Conocer estos detalles evita confusiones y garantiza el cumplimiento de la ley.
Sí, la Ley 1788 de 2016 establece que todos los empleados domésticas tienen derecho a la prima de servicios, sin excepción. Esto incluye a quienes realizan labores de aseo, cocina, jardinería, conducción familiar o trabajos en fincas. La norma aplica tanto para trabajadores de tiempo completo como para quienes laboran por días.
El pago es obligatorio, incluso si el empleador no tiene contrato escrito con la trabajadora. La única condición es que la relación laboral sea dependiente, es decir, que la empleada cumpla horarios y reciba órdenes directas.
Para 2025, el cálculo se basa en el salario mínimo mensual más el auxilio de transporte (si aplica). La fórmula es:
Prima = (Salario mensual × días trabajados) / 360. Por ejemplo, una empleada con salario mínimo que trabajó todo el semestre (180 días) recibirá:
(1.423.500 + 200.000) × 180 / 360 =$811.750.
Si la empleada trabaja por días, se suma el salario devengado en el semestre y se divide entre 360. Por ejemplo, alguien que gana 50.000 diarios y laboró 36 días en el semestre recibirá:
(50.000 × 36) = 1.800.000 / 360 = $5.000.
El incumplimiento del pago de la prima es una violación a los derechos laborales y puede acarrear sanciones. La empleada afectada puede denunciar ante el Ministerio del Trabajo o demandar el pago mediante un proceso judicial. Además, el empleador deberá pagar intereses moratorios desde la fecha de vencimiento.
La ley también establece multas hasta de 5.000 salarios mínimos para quienes no cumplan. Es responsabilidad del empleador garantizar este pago puntual para evitar consecuencias legales.
El pago de la prima en junio es un derecho irrenunciable para las empleadas domésticas. Su cálculo es sencillo y debe ajustarse al salario y tiempo laborado. Los empleadores deben cumplir con esta obligación para evitar sanciones y contribuir al trabajo decente.