Seguridad en el aire: estas son las nuevas normas para el transporte de baterías y 'power banks' en Colombia
Cada batería de repuesto debe estar protegida individualmente para evitar activaciones accidentales en cabina.
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Por: Equipo de redacción

En un esfuerzo por blindar la seguridad de las operaciones aéreas y alinearse con las exigencias globales, la Aeronáutica Civil de Colombia anunció una actualización crucial en las directrices para el transporte de baterías de ion-litio y bancos de energía, conocidas como power banks.
Estas medidas, que entraron en vigor el 27 de marzo de 2026, responden a los estándares internacionales de la Oaci (Organización de Aviación Civil Internacional). La nueva normativa busca mitigar los riesgos de incendio y cortocircuitos en pleno vuelo, un desafío creciente debido a la alta densidad energética de estos dispositivos.
Nuevas reglas para el equipaje de mano
La disposición más relevante de esta actualización técnica es la prohibición absoluta de transportar bancos de energía en el equipaje facturado o de bodega.
A partir de ahora, estos dispositivos solo están permitidos en el equipaje de mano, en el que la tripulación puede intervenir rápidamente en caso de una emergencia térmica.
Además, la Aerocivil ha establecido límites cuantitativos y de uso:
- Cantidad máxima: cada pasajero podrá portar un máximo de dos (2) baterías de repuesto o bancos de energía.
- Restricción de uso: queda estipulado que los bancos de energía no deberían utilizarse para recargar aparatos electrónicos mientras se está a bordo de la aeronave.
- Protección individual: cada unidad debe estar protegida de forma individual para prevenir activaciones accidentales, cumpliendo con los criterios de seguridad de las Naciones Unidas.
Capacidad energética y autorizaciones especiales
La normativa también clasifica los dispositivos según su capacidad, medida en vatios-hora (Wh). Para dispositivos de hasta 100 Wh, el transporte es habitual bajo las condiciones de equipaje de mano; sin embargo, para baterías o bancos cuya capacidad oscile entre 100 Wh y 160 Wh, el pasajero tiene la obligación de obtener una aprobación previa de la aerolínea antes del embarque.

Esta diferenciación es clave para los viajeros que transportan equipos profesionales o baterías de alta capacidad, quienes ahora deberán coordinar con sus operadores aéreos con antelación.
Restricciones adicionales en vuelos nacionales e internacionales
El anuncio de la autoridad aeronáutica también sirve como recordatorio de las restricciones vigentes en los aeropuertos del país, como El Dorado en Bogotá.
Tanto para trayectos nacionales como internacionales, se mantiene la prohibición de objetos con bordes afilados, como navajas, bisturíes, herramientas industriales y elementos contundentes como bates o tacos de billar en el equipaje de mano.
En el ámbito internacional, se enfatiza la restricción de Líquidos, Aerosoles y Geles (LAGs), los cuales no pueden superar los 100 ml por envase. Para quienes viajen hacia Estados Unidos, existe una regla especial: no se permite el transporte de sustancias en polvo o granuladas que superen las 12 onzas (340 gr) en la cabina.
Un llamado a la actualización operativa
La Aeronáutica Civil instó a las aerolíneas y gestores aeroportuarios a actualizar sus manuales de instrucción y procedimientos de manera inmediata.
El objetivo es que todo el personal de tierra y de cabina esté plenamente capacitado para aplicar estas directrices de la edición 2025-2026 de las Instrucciones Técnicas para el transporte sin riesgos de mercancías peligrosas.
Para los viajeros, la recomendación principal es verificar la etiqueta técnica de sus dispositivos para conocer su capacidad en Wh y, ante cualquier duda, contactar directamente a su aerolínea para evitar contratiempos en los filtros de seguridad. La seguridad aérea es un compromiso compartido que hoy se refuerza con tecnología y prevención.


