Colombia
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales detalló cómo las personas naturales pueden presentar la declaración de renta digitalmente a través del formulario 210, con pasos claros y sin necesidad de asesoría legal.
Publicado:
Por: Juan Manuel Arias Montenegro
Creativo Digital
El proceso de declaración de renta a través del formulario 210 representa un trámite central para personas naturales en Colombia, dado que, según la información oficial suministrada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), completar este proceso en línea se realiza sin costo y no requiere asesoría legal.
Para iniciar la diligencia, es necesario ingresar al portal web de la Dian. En la parte superior izquierda se encuentra la sección “Usuario Registrado”, en le que los contribuyentes deben aceptar los términos y condiciones y escoger la alternativa “a nombre propio”.
El sistema solicita información básica de identificación y la contraseña, permitiendo el acceso a la plataforma transaccional, pero quienes no estén previamente registrados deben efectuar este paso para habilitar la entrada al sistema.
Una vez dentro, la plataforma pone a disposición la sección de “Destacados del mes”, desde donde se puede consultar la información exógena.
Esta función permite verificar los datos reportados por entidades financieras y empleadores sobre los ingresos y egresos asociados al usuario, pues que este paso resulta clave para cotejar cifras y detectar posibles inconsistencias, lo cual puede evitar sanciones o requerimientos posteriores.
El siguiente paso consiste en seleccionar la opción “Diligenciar y presentar Formulario 210” desde el menú principal y el usuario debe especificar el año gravable de la declaración y presionar el botón “Crear”.
Si el contribuyente responde afirmativamente respecto a su condición de residente fiscal, el sistema genera automáticamente una declaración sugerida.
La plataforma permite aceptar esta versión preliminar, aunque existe la opción de modificar o actualizar cualquier dato que no corresponda a la realidad económica del usuario.
Conozca aquí más detalles del Formulario 210
Es obligatorio responder las preguntas del formulario para cada tipo de ingreso, dado que el contribuyente debe registrar los valores brutos provenientes de rentas de trabajo, de capital y no laborales.
Además, debe especificar los ingresos que no constituyen renta, así como las rentas exentas conforme a los topes legales, pues la Dian recalcó que los datos pueden ajustarse antes de guardar el borrador definitivo. Quienes tengan ingresos por rentas exentas superiores a los límites legales deben considerarlo en esta sección del formulario.
Tras finalizar el diligenciamiento del formulario, corresponde guardar el borrador y verificar cada cifra registrada, el sistema solicita la autorización de uso de la firma electrónica y genera un código único que se envía al correo electrónico registrado en el RUT (Registro Único Tributario) o que se puede consultar en la bandeja de notificaciones del sistema Muisca.
Una vez firmada, la declaración puede presentarse virtualmente, pues el sistema permite generar el PDF correspondiente que confirma el número de formulario y la hora de presentación.
Si existe un saldo a pagar, la plataforma habilita la opción de “Pagar”, en el que el usuario selecciona el banco autorizado y realiza el pago en línea o genera el documento PDF para presentarlo de manera presencial en la entidad financiera.
El trámite carece de costos adicionales y no exige la intervención de abogados, aunque en caso de dudas, la Dian proporciona atención a través de su chatbot, la aplicación móvil y el contact center.
Además, dispone de canales oficiales en redes sociales que permiten resolver inquietudes durante la temporada de declaración de renta.