Permiso de salida de Colombia para menores de edad: requisitos y pasos clave
El proceso de autenticación del permiso de salida debe realizarse en notaría o consulado, con costos regulados, y es obligatorio para todos los menores que viajan sin uno de sus padres o tutores legales.
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Por: Juan Manuel Arias Montenegro
Creativo Digital

El permiso de salida de Colombia para un menor de edad es un trámite obligatorio que deben realizar los padres o tutores legales cuando el menor viaja al extranjero sin uno de sus representantes legales.
Este permiso busca garantizar la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes y evitar situaciones de riesgo, por lo que el proceso está regulado por el Código de Infancia y Adolescencia y supervisado por Migración Colombia.
¿Qué es el permiso de salida y quién debe otorgarlo?
El permiso consiste en una autorización por escrito que otorga el padre, madre o representante legal que no acompaña al menor en el viaje.
El documento debe indicar el tiempo de duración del viaje, el propósito, la fecha de regreso y con quién viaja el menor, según lo establecido en la normativa vigente.
Este permiso es indispensable para todos los menores colombianos y extranjeros residentes en el país, incluso si poseen doble nacionalidad, siempre que una de ellas sea la colombiana.
Pasos para expedir el permiso de salida
El primer paso consiste en que el padre, madre o tutor que no viaja con el menor firme un documento autorizando la salida del país. Esta autorización puede elaborarse de forma particular o utilizando un formato suministrado por cualquier notaría. El siguiente paso es acudir a la notaría más cercana para autenticar la firma y, según las reglas generales, el documento autenticado se entrega el mismo día del trámite.
Si el padre o madre que otorga el permiso se encuentra fuera de Colombia, el documento debe ser autenticado ante un consulado colombiano, en ausencia de un consulado en la localidad, la autorización debe realizarse ante notario público local, estar en español, ser apostillada y presentarse en original.
En todos los casos, el documento autenticado debe ser presentado por el adulto responsable ante las autoridades migratorias el día del viaje.
Documentos requeridos en el proceso
Migración Colombia exige la presentación de varios documentos para autorizar la salida de un menor. Entre ellos se encuentran:
- Pasaporte vigente o documento de viaje válido.
- Visa o permiso vigente, según el país de destino.
- Copia física o imagen legible del registro civil de nacimiento, autenticada con vigencia no mayor a 90 días.
- Permiso de salida debidamente suscrito y autenticado por el padre, madre o tutor que no viaja.
Si uno de los padres ha fallecido, es necesaria la copia del registro civil de defunción, mientras que para menores adoptados, debe presentarse la sentencia de adopción ejecutoriada.
Cuando la patria potestad recae exclusivamente en uno de los padres, se exige copia de la sentencia respectiva, si existe conflicto entre los padres, el permiso debe ser otorgado por un juez de familia.
En casos en que se desconozca el paradero de uno o ambos padres, o no puedan otorgar el permiso, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf) puede autorizar la salida tras un proceso legal.
Dónde realizar el trámite y costos asociados
El trámite de autenticación del permiso puede realizarse en cualquier notaría del país o, en el exterior, en el consulado colombiano correspondiente. La autenticación tiene un costo regulado por las tarifas de la Superintendencia de Notariado y Registro y no se requiere la intervención de un abogado para este procedimiento.
Recomendaciones para evitar contratiempos
El adulto responsable debe asegurarse de que toda la documentación esté vigente y completa antes del viaje, ya que la falta de algún requisito puede impedir la salida del menor.
Se recomienda acudir con anticipación a la notaría o consulado para evitar retrasos de último momento; además, se aconseja revisar los requisitos de ingreso al país de destino, ya que algunos pueden exigir documentación adicional para menores de edad.
En caso de que el menor ostente doble nacionalidad, debe cumplir los mismos requisitos aplicados a los nacionales colombianos. Si el permiso se otorga por escritura pública, se debe presentar copia de la misma con certificación de vigencia.
Para quienes viajan desde el exterior, se recomienda revisar la vigencia de los poderes y permisos otorgados para asegurar su validez jurídica durante el viaje.


