Restricción de motos en Halloween 2025 en Bogotá: conoce los corredores, horarios y multas
Durante el puente festivo, la Policía Metropolitana y agentes de tránsito vigilarán estrictamente el cumplimiento de la nueva medida, implementando controles nocturnos en corredores estratégicos para proteger la seguridad ciudadana.
Publicado:

Por: Juan Manuel Arias Montenegro
Creativo Digital

La Alcaldía de Bogotá anunció la aplicación de restricciones temporales y preventivas a la circulación de motocicletas durante el puente festivo de Halloween de 2025.
Esta decisión, oficializada mediante el Decreto Distrital 528 de 2025, busca frenar el incremento de siniestros viales y alteraciones al orden público asociados a este tipo de vehículos en fechas de alto riesgo para la ciudad.
Medidas de restricción y corredores afectados
Entre el jueves 30 de octubre y el lunes 3 de noviembre, las motocicletas con acompañante tendrán prohibida su circulación en toda la ciudad durante las 24 horas del día; además, en franjas nocturnas comprendidas entre las 8:00 p. m. y las 5:00 a. m. de cada jornada de este puente festivo.
La restricción aplicará a todas las motocicletas que transiten por veinte corredores viales principales, entre los que se incluyen:
- Autopista Norte
- Autopista Sur
- Avenida NQS
- Avenida Boyacá
- Avenida Ciudad de Cali
- Avenida Primero de Mayo
- Avenida Las Américas
- Avenida Suba
- Calle 26 (Avenida El Dorado)
- Calle 80
- Carrera Séptima
- Carrera 68
- Avenida Centenario (calle 13)
- Avenida Guayacanes
- Avenida Esperanza
- Avenida Villavicencio
- Avenida Circunvalar
- Calle 53
- Calle 63
- Carrera 60
De acuerdo con la Secretaría Distrital de Movilidad, los conductores que infrinjan esta norma serán sancionados de acuerdo con la infracción C.14 del Código Nacional de Tránsito, por transitar en sitios restringidos, lo que implica una multa de $604.100 y la posible inmovilización del vehículo.

Operativos para garantizar cumplimiento y protección ciudadana
Para vigilar el estricto cumplimiento de la medida y acompañar a la ciudadanía, serán desplegados 2.000 uniformados de la Policía Metropolitana de Bogotá, apoyados por 180 integrantes entre Agentes Civiles de Tránsito, Policía de Tránsito y Guías de Movilidad, que operarán durante cada jornada nocturna del puente festivo.
Además, se instalarán 15 puestos de control distribuidos estratégicamente en la ciudad, con el objetivo de reducir riesgos y disuadir conductas que atenten contra la seguridad y el orden público.
Evidencia y justificación de la restricción
Según cifras oficiales de la Secretaría Distrital de Movilidad, durante los fines de semana de Halloween de 2022 a 2024, se registraron entre 14 y 16 víctimas fatales anualmente en accidentes de tránsito, y 8 de cada 10 de estos siniestros involucraron a motociclistas.
El 73% de las muertes nocturnas de motociclistas en 2024 se registraron entre las 10:00 p. m. y las 4:00 a. m., precisamente en las franjas horarias en que regirá la restricción.
La decisión también se justifica por el aumento de delitos cometidos sobre motocicletas en este periodo.
Información del Sistema de Información Estadístico Delincuencial Contravencional y Operativo (Siedco) evidencia un aumento del 21% en homicidios cometidos por agresores que se movilizaban en moto y un incremento del 4% en hurtos a personas.
"Que adicionalmente las denominadas Rodadas de Halloween" o Rodadas del Terror generan un impacto sistemático y adverso sobre la movilidad, la seguridad vial y la convivencia en la ciudad, al ocasionar congestiones vehiculares que aumentan los tiempos de viaje, la ocupación ilegal de las vías, el incremento en la siniestralidad y demás afectaciones directas a comunidades residenciales por el ruido y la inseguridad asociados durante estos eventos", se lee en el decreto 528 del 29 de octubre de 2025.
Alcance del decreto y excepciones a la restricción
El decreto distrital contempla excepciones para:
- Motocicletas de la Fuerza Pública
- Organismos de emergencia y socorro
- Servicios de aseguradoras y asistencia técnica automotriz identificados
- Transporte de personas con discapacidad
- Mensajería y domicilios plenamente identificados
- Control y mantenimiento del Sistema Integrado de Transporte Público
- Personal diplomático o consular que porte placas especiales.

Sanciones y aplicación institucional
De acuerdo con el decreto, la Policía Metropolitana de Bogotá y los agentes civiles de tránsito serán responsables de hacer cumplir la disposición, aplicando las sanciones establecidas en la Ley 769 de 2002 y la Ley 1801 de 2016, incluyendo multas y la inmovilización de motocicletas.
La Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia debe rendir un informe al Ministerio del Interior sobre la implementación de la medida.


