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Guía legal en Colombia: ¿Cómo realizar un testamento y asegurar su legado?

Para que su voluntad sea válida, el documento debe presentarse ante una notaría con datos precisos de identificación y estado civil.

Publicado:

Juan Manuel Arias Montenegro

Por: Juan Manuel Arias Montenegro

Creativo Digital

Testamento
En la legislación colombiana, el 50% de los bienes (Legítima Rigurosa) corresponde obligatoriamente a hijos o padres - crédito Canva

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Planificar el destino de los bienes después de la muerte es una decisión que brinda tranquilidad tanto al propietario como a sus familiares. En Colombia, la figura del testamento es el instrumento jurídico por excelencia para establecer una repartición clara y evitar conflictos futuros.

Aunque es un trámite personal, requiere el cumplimiento de formalidades legales estrictas para que sea válido y no termine siendo anulado o reformado por un juez.

A continuación, presentamos una guía detallada sobre lo que debe saber y los pasos a seguir para otorgar su voluntad en el territorio nacional.

Preparación del documento

Para que un testamento tenga fuerza legal, debe presentarse ante una notaría. El documento debe contener información precisa que evite ambigüedades:

  • Datos de identificación: Nombre completo, cédula, nacionalidad, fecha de nacimiento y domicilio actual.
  • Estado civil y situación sentimental: Es vital declarar si existe matrimonio o unión marital de hecho. Esto es clave porque, al fallecer (o antes), se debe liquidar la sociedad conyugal o patrimonial.
  • Vínculos familiares: Mencionar si tiene hijos (descendientes) o padres (ascendientes) vivos, ya que ellos son herederos forzosos.
  • Inventario detallado: Una lista de bienes muebles (como vehículos) e inmuebles (casas, fincas, lotes).
  • Asesoría profesional: Aunque no es obligatorio contratar a un abogado, se sugiere contar con uno para asegurar que las proporciones asignadas respeten la ley y no vulneren los órdenes hereditarios.

Tipos de testamento:

La ley colombiana permite que el testador elija el nivel de privacidad de sus disposiciones:

1. Testamento Abierto (Público)

En este caso, el testador da a conocer su voluntad ante los presentes. Los requisitos son:

  • Acudir a la notaría con tres testigos.
  • El notario debe leer el contenido en voz alta obligatoriamente.
  • El acta debe ser firmada por el testador, los tres testigos y el notario.

2. Testamento Cerrado (Privado)

Ideal para quienes prefieren que sus decisiones se mantengan en secreto hasta el momento de la sucesión.

  • Se requiere acudir con cinco testigos.
  • El testamento se entrega en un sobre sellado. El testador declara ante el notario y los testigos que dicho sobre contiene su última voluntad.
  • El sobre se firma por todos los intervinientes y permanece custodiado hasta el fallecimiento.

Distribución de los bienes

En Colombia, no existe una libertad absoluta para heredar a cualquier persona si existen herederos forzosos. La masa herencial se divide en tres partes:

  1. Legítima Rigurosa: Es la parte (50%) que por mandato de ley corresponde a los herederos forzosos, es decir hijos o padres. El testador no puede disponer de ella para terceros.
  2. Cuarta de Mejoras: El testador puede usar esta porción para favorecer a uno o varios de sus descendientes (hijos o nietos) por encima de los demás.
  3. Cuarta de Libre Disposición: Es la porción que el testador puede entregar a cualquier persona, natural o jurídica, sin necesidad de vínculo familiar.

Es menester acotar que el cónyuge tiene derecho a sus gananciales, la mitad de los bienes comunes tras liquidar la sociedad, pero no es un heredero legitimario; sin embargo, puede heredar si no existen hijos.

Casos especiales y alternativas

Si en su municipio no hay notario, el testamento puede otorgarse ante cinco testigos; posteriormente, se debe solicitar su publicación ante un Juez mediante la prueba de defunción para que los testigos reconozcan sus firmas.

Existen también los testamentos privilegiados para situaciones extremas:

  • Verbal: En peligro inminente de muerte (requiere 3 testigos). Caduca si el testador no muere en los 30 días siguientes.
  • Militar y Marítimo: Otorgados en tiempos de guerra o en alta mar, con reglas específicas de vigencia.

Datos clave antes de firmar

  • Costo y abogados: El trámite ante la notaría tiene tarifas notariales, pero el asesoramiento de un abogado es opcional (aunque recomendado).
  • Revocabilidad: Usted puede cambiar o anular su testamento en la notaría cuantas veces quiera. La última versión será la válida.
  • Nulidad: El testamento es nulo si lo hace un menor de edad, una persona declarada interdicta o si no se cumple con el número de testigos.
  • Repartición en vida: Actualmente, existe la posibilidad legal de repartir los bienes estando vivo mediante escritura pública, evitando así el proceso de sucesión posterior.

Realizar un testamento es un acto de responsabilidad que asegura que su voluntad se cumpla bajo el amparo de la ley, protegiendo el patrimonio de quienes más ama.

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