Esto es lo que puede hacer si se incumple una medida de protección en Colombia: guía paso a paso
Las autoridades están facultadas para solicitar la detención preventiva cuando la seguridad de la víctima lo exige, además de modificar o ampliar las medidas según evolucione cada caso de violencia familiar.
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Por: Juan Manuel Arias Montenegro
Creativo Digital

Las medidas de protección en el contexto familiar en Colombia buscan salvaguardar la seguridad de quienes han sido víctimas o están en riesgo de sufrir violencia física, psicológica, económica, sexual o patrimonial.
Cuando el agresor incumple alguna de estas disposiciones, existen mecanismos claros y gratuitos para que la víctima solicite una sanción, con respaldo de varias autoridades y sin necesidad de contar con abogado.
Procedimiento para solicitar la sanción por incumplimiento
La persona afectada, o su representante legal, puede presentar una solicitud ante la Comisaría de Familia para que se estudie el caso de incumplimiento por parte del agresor de la medida de protección vigente.
Tras recibir la solicitud, la Comisaría debe citar al agresor en un plazo de 48 horas y en ese encuentro, el presunto infractor tiene la oportunidad de presentar pruebas y explicar las razones que, a su juicio, demuestren el cumplimiento de las medidas.
Posteriormente, la Comisaría de Familia programa una audiencia formal, en la cual se practican pruebas y se escuchan los argumentos de ambas partes; al finalizar, la autoridad debe emitir una decisión sobre la solicitud de sanción. Las sanciones pueden ser una multa económica o el arresto del agresor.
Este trámite no tiene costo y no requiere la representación de un abogado; además, la víctima puede acudir a otras entidades como la Defensoría del Pueblo, los jueces civiles municipales o los jueces promiscuos municipales para canalizar su solicitud.

Facultades y obligaciones de las autoridades
En circunstancias en las que la Comisaría de Familia considere que la detención del agresor es necesaria antes de realizar la audiencia, puede solicitar al juez de familia o al juez civil la expedición de la orden de arresto.
Durante el proceso, también es posible modificar o adicionar las medidas de protección según la evolución del caso.
Las mujeres víctimas de violencias basadas en género pueden requerir a autoridades como las Comisarías de Familia o a los jueces de control de garantías la implementación de medidas específicas e inmediatas, orientadas a proteger su vida, su integridad y la de sus hijos o hijas, además de prevenir la repetición de hechos violentos.
Tipos de medidas de protección
La naturaleza de las medidas de protección varía en función del riesgo y las necesidades particulares de la víctima, por lo que entre las más frecuentes se encuentran:
- Orden de alejamiento: impide que el agresor se acerque a la víctima y establece una distancia mínima obligatoria.
- Custodia policial: ofrece resguardo temporal mediante la presencia de la fuerza pública para garantizar la seguridad inmediata.
- Refugio: posibilita que la víctima acceda a un espacio seguro, como las Casas Refugio que gestiona la Secretaría Distrital de la Mujer en Bogotá.
- Asesoría jurídica: brinda acompañamiento legal, apoyo en la presentación de denuncias y orientación sobre los derechos de la persona afectada.
- Las medidas pueden extenderse a los hijos, hijas y otros dependientes de la víctima, y es deber de las autoridades otorgarlas en función de la situación concreta.

Dónde solicitar medidas de protección
Las medidas pueden solicitarse en las Comisarías de Familia o ante un juez de control de garantías. La solicitud la puede presentar la víctima directa, una persona que actúe en su representación o un defensor o defensora de familia.
En situaciones en las que se requiera un examen médico legal, la autoridad competente gestionará el trámite ante el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf) se encarga de la protección integral y el restablecimiento de derechos de niñas y adolescentes en casos de violencia o riesgo de feminicidio, actuando como autoridad competente para salvaguardar a las menores de edad.


